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Doctrina y Convenios
SECCIÓN 134
  8 Creemos que la comisión de crímenes debe acastigarse de acuerdo con la naturaleza de la ofensa; que el homicidio, la traición, el robo, el hurto y la violación de la paz en general, en todo respecto, deben ser castigados de acuerdo con su criminalidad y su mala influencia entre los hombres, por las leyes del gobierno contra el cual se cometió la ofensa; y que en bien de la paz y la tranquilidad públicas, todo hombre debe adelantarse y emplear su habilidad en procurar que se castigue a los que infrinjan las leyes buenas.

Notas al pie de página
8a
Alma 30:7–11.
  7 Pues no había ley alguna contra la acreencia de ningún hombre; porque era expresamente contrario a los mandamientos de Dios que hubiera una ley que colocara a los hombres en posición desigual.
DyC 42:84–87.
  84 Y si un hombre o una mujer robare, él o ella serán entregados a la ley del país.