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Y de cierto te digo que las
acondiciones de dicha ley son éstas: Todos los convenios, contratos, vínculos, compromisos,
bjuramentos, votos, prácticas, uniones, asociaciones o aspiraciones que no son hechos, ni concertados, ni
csellados por el Espíritu de la promesa, así por el tiempo como por toda la eternidad, mediante el que ha sido ungido, y eso también de la manera más santa, por
erevelación y mandamiento, por conducto de mi ungido, a quien he nombrado sobre la tierra para tener este poder (y he nombrado a mi siervo José para que tenga este poder en los últimos días, y nunca hay más de una persona a la vez sobre la tierra a quien se confieren este poder y las
fllaves de este sacerdocio), ninguna eficacia, virtud o fuerza tienen en la resurrección de los muertos, ni después; porque todo contrato que no se hace con este fin termina cuando mueren los hombres.